Actividades Prohibidas
Según el artículo 5 de la Ley Nº 44 de 26 de julio de
2004 queda prohibido dentro del PNC las siguientes actividades:
1. La prohibición de esto terreno
como propiedad privada.
2. La construcción de
infraestructuras para el desarrollo de alto impacto.
3. La expansión de nuevas fronteras agropecuarias.
3. La expansión de nuevas fronteras agropecuarias.
4. La tala de árboles y quema.
5. La cacería de especies nativas
del parque.
6. La pesca que no esté debidamente
autorizada y regulada por el Plan de Manejo, solo es permitido la pesca
artesanal, deportiva y de subsistencia.
7. La exploración y explotación
petrolera o minera.
8. La colocación de vallas
publicitarias, letreros, anuncios comerciales en infraestructuras, terrenos y árboles.
9. La portación de armas de todo
tipo, excepto las autorizadas por estamentos de seguridad del estado y por el
Consejo Directivo del Parque.
10. El depósito de desechos sólidos y
de aguas residuales en cualquier parte del parque.
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aguan cristalinas |
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granito de Oro |
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hermosas playas |
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Sará : vena de cola blanca domesticada |
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sendero ecológicos
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las gallina de los panameños |
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se puede llegar solamente por vía marítima
Complemente:
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cha ta serio ese blogger tiene buena informacion....
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