Actividades Prohibidas

Según el artículo 5 de la Ley Nº 44 de 26 de julio de 2004 queda prohibido dentro del PNC las siguientes actividades:

1.       La prohibición de esto terreno como propiedad privada.
2.       La construcción de infraestructuras para el desarrollo de alto impacto.
3.      La expansión de nuevas fronteras agropecuarias.
4.       La tala de árboles y quema.
5.       La cacería de especies nativas del parque.
6.       La pesca que no esté debidamente autorizada y regulada por el Plan de Manejo, solo es permitido la pesca artesanal, deportiva y de subsistencia.
7.       La exploración y explotación petrolera o minera.
8.       La colocación de vallas publicitarias, letreros, anuncios comerciales en infraestructuras, terrenos y árboles.
9.      La portación de armas de todo tipo, excepto las autorizadas por estamentos de seguridad del estado y por el Consejo Directivo del Parque.
10.   El depósito de desechos sólidos y de aguas residuales en cualquier parte del parque.

 

aguan cristalinas



granito de Oro


hermosas playas 




Sará : vena de cola blanca domesticada



sendero ecológicos




las gallina de los panameños



      
se puede llegar solamente por vía marítima
 


      Complemente:







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